Reglamento |
CERTIFICACIÓN
Los alimentos ecológicos
están regulados por una norma comunitaria "Reglamento
(CE) 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre producción y
etiquetado de los productos ecológicos, complementado por el
Reglamento (CE) 889/2008 que amplía y desarrolla en algunos casos
el citado Reglamento y por los que se deroga el Reglamento (CEE) 2092/91,
que serán de aplicación y sustituirán al Reglamento (CEE) 2092/91,
a partir del 1 de enero de 2009" de obligado cumplimiento para todos los países
miembros. Este Reglamento establece, entre otros preceptos,
la obligación de someter a los agricultores,
importadores de terceros países y transformadores que deseen comercializar
productos de Agricultura Ecológica, a un régimen
de control para garantizar que respetan las normas de producción
y no utilizan técnicas incompatibles con esta modalidad
agraria, como por ejemplo fertilizar la tierra con abonos
químicos, tratar con pesticidas, etc.…
Estos alimentos se identifican
en los mercados porque llevan una etiqueta que se concede
cuando han superado los controles establecidos. Si no la
llevan, aunque la publicidad diga que son ecológicos,
no se pueden considerar como tales porque carecen del certificado
de garantía, convirtiéndose en un fraude para
los consumidores.
El proceso de la certificación
de las explotaciones agropecuarias requiere un tiempo, durante
el cual se debe ir adecuando el sistema de manejo a los
requerimientos de la Agricultura Ecológica llamado
reconversión que puede variar en función del
cultivo
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